Paridad en la salud mental

En 2008, el Congreso aprobó la Ley de Paridad en la Salud Mental y Equidad frente a las Adicciones de 2008 (MHPAEA, en inglés). La MHPAEA fijó estándares para la mayoría de los grupos grandes que requerían que quienes cubrieran servicios de salud mental no aplicaran mayores limitaciones de cobertura ni solicitaran mayores gastos compartidos de los que el grupo usa para los servicios de salud física que cubre. Al inicio del año de la cobertura/póliza posterior al 1 de julio de 2014, la Ley de Cuidado de Salud a Bajo Precio (ACA, en inglés) amplió estos requisitos para que se apliquen a grupos pequeños y seguro de gastos médicos para particulares. Algunos estados también crearon requisitos de paridad en la salud mental.

Por lo general, la MHPAEA requiere que determinadas coberturas médicas para grupos y particulares que proporcionan tanto beneficios relacionados con la salud mental o los trastornos por abuso de sustancias (MH/SUD, en inglés) como beneficios médicos o quirúrgicos (M/S) cumplan con los requisitos:

  • Aplicar requisitos financieros (como copagos, deducibles o límites de gastos de bolsillo) o limitaciones de tratamientos cuantitativas (como límites en los días/servicios con cobertura) para beneficios de MH/SUD de forma tal que no sean más restrictivas que los requisitos financieros o cuantitativos que el plan aplica a la mayoría de los servicios de M/S de tipo similar.
  • Aplicar limitaciones de tratamientos no cuantitativas (como autorización previa o reglas de la red) para beneficios de MH/SUD de forma tal que no sean más restrictivas que las limitaciones aplicadas a los beneficios de M/S de tipo similar.

En virtud de las regulaciones, los requisitos de paridad mencionados anteriormente se aplican a los beneficios MH/SUD y M/S en cada una de las siguientes clasificaciones y subclasificaciones:

  • Paciente hospitalizado, servicios de la red
  • Paciente hospitalizado, servicios fuera de la red
  • Paciente no hospitalizado, servicios de la red
    • Consulta en consultorio
    • Otros servicios para pacientes no hospitalizados
  • Paciente no hospitalizado, servicios fuera de la red
    • Consulta en consultorio
    • Otros servicios para pacientes no hospitalizados
  • Atención de emergencias
  • Medicamentos con receta

Si bien la ACA sí exige que casi todas las coberturas para particulares y grupos pequeños ofrezcan beneficios de salud mental o trastornos de abuso de sustancias como parte de sus requisitos de servicio médico incluido esencial, la MHPAEA en realidad no exige que las coberturas incluyan los trastornos de salud mental o abuso de sustancias. En general, la MHPAEA se aplica si una cobertura incluye afecciones de salud mental o abuso de sustancias y afecciones médicas o quirúrgicas.

 

La información presentada anteriormente es un resumen general de la información relacionada con las coberturas médicas. Su cobertura específica puede tener algunas diferencias. El contenido de este sitio web no tiene por objeto reemplazar ni corregir lo expresado en ningún contrato ni cobertura que tenga a través de Blue Cross and Blue Shield of Illinois (BCBSIL).

Siempre debe consultar los documentos de su cobertura y/o el certificado de beneficios para obtener detalles sobre qué está incluido en su seguro de gastos médicos y sus derechos y responsabilidades conforme con la cobertura. Si tiene alguna duda sobre su cobertura específica, llame a Servicio al Cliente al número que figura en su tarjeta de asegurado de BCBSIL. Puede también obtener más información sobre la aplicación de la paridad en la salud mental de su cobertura si solicita una copia de los documentos de Limitaciones de tratamientos cuantitativas (NQTL, en inglés) de su cobertura a su empleador.

También puede visitar Ley de Paridad en la Salud Mental y Equidad frente a las Adicciones .

 

Última actualización: 13 de octubre de 2023